Cosas de la Sharia
Hace poco más de un mes nos referíamos a la situación de los derechos de la mujer, particularmente en Afganistan, a cuenta de la condena a Gulnaz, una joven afgana que, dos años después de haber sido violada, fue condenada a doce años de cárcel por un delito de adulterio. Hoy nos detenemos en Irán donde Sakineh Mohammadi Ashtiani se debate en la incertidumbre de saber si morirá lapidada o ahorcada. Cosas de la sharia.
Ashtiani fue condenada en un primer momento a 99 latigazos por "relación ilícita" con el presunto asesino de su marido. Tiempo después otro tribunal reabrió el caso y decidió que dicha relación se había producido en vida del finado, por lo que constituía "adulterio", pese a no haber testigos, hecho este que debería ser relevante ateniéndonos a la ley. En el juicio, la mujer se retractó de la confesión que hizo durante el interrogatorio porque dijo que había sido coaccionada. Además, según su abogado, el cual tuvo que huir del país debido a las presiones, apenas entiende el persa, puesto que pertenece a la minoría azerí que habla un dialecto turco.
Ahora, tras las presiones internacionales, la acusación ha cambiado a cómplice de asesinato y podría ser ahorcada, si bien todavía no hay una decisión definitiva al respecto.
La lapidación apenas es contemplada en una decena de países: Somalia, Irán, Sudán, el norte de Nigeria, Pakistán, Afganistán, Emiratos Árabes, Arabia Saudí, una provincia de Indonesia y Yemen. Amnistia Internacional sólo tiene constancia de casos recientes en Nigeria, Somalia, Indonesia e Irán. En Indonesia se limita a una provincia con cierta autonomía, Aceh, situada en el extremo norte de la isla de Sumatra. En Somalia es difícil de evaluar ya que sólo existe algo parecido a un gobierno en Mogadiscio, con el resto del país sometido a los tribunales islámicos. En Nigeria, la interpretación penal de la sharía permite castigar con lapidación por adulterio a toda mujer que mantengan relaciones sexuales extramatrimoniales. El mismo delito se aplica al hombre, aunque él puede liberarse de la acusación si jura sobre el Corán ante el tribunal la falsedad de los hechos. En Irán las lapidaciones pueden ser secretas o públicas y no existe una estadística oficial de penas de muerte.
Curiosamente la lapidación no aparece en el Corán ni se justifica e incluso Mahoma mostró su desaprobación. A pesar de ello pasó a los códigos de jurisprudencia medievales. Aún así, la condena a lapidación fue sometida a tales restricciones que hacían prácticamente imposible su aplicación. Los adúlteros deben confesar su culpa, no pudiéndose considerar la maternidad como una confesión. Además son necesarios cuatro testigos presenciales, sin ser ninguno miembro de la familia de los encausados, ni tener asuntos o intereses con ellos. Y aunque hubiera testigos estos tendrían que ver el adulterio en el acto, viendo el coito hasta el punto de que no se pueda pasar un hilo entre los presuntos adúlteros. Para saltarse estos condicionantes en Irán poseen la figura del conocimiento del juez, que permite adoptar una decisión en relación con la culpabilidad del acusado, aun en ausencia de pruebas claras o concluyentes.
Haciendo gala de gran sensibilidad e indulgencia, Mohammad Javad Larijani, secretario general del Consejo iraní para los Derechos Humanos, sostiene que la lapidación no debe clasificarse como un método de ejecución, sino más bien un método de castigo que en realidad es más "indulgente" porque la mitad de la gente sobrevive. Ya saben, cosas de la Sharia.
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